Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad.
Artículo 7(7)
Son funciones y atribuciones de la Presidencia del Consejo del Real Patronato sobre Discapacidad las siguientes:
a) Mantener informada a Su Majestad la Reina de las actividades del Real Patronato.
b) Convocar las sesiones del Consejo.
c) Designar los vocales del Consejo de nombramiento discrecional.
d) Proponer dos vocales del Consejo Rector del Centro Español del Subtitulado y la Audiodescripción, en representación de la Administración General del Estado.
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