Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad.
Artículo 11(11)
El personal funcionario y laboral del Real Patronato sobre Discapacidad se regirá por la normativa de función pública y la legislación laboral aplicable a la Administración General del Estado.
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