Orden PCI/131/2019, de 12 de febrero, por la que se crea la Mesa de Contratación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad.
Artículo 26
1. El punto de encuentro familiar contará con un equipo técnico interdisciplinar integrado por personal cualificado, con formación especializada y debidamente acreditada, al menos, en mediación e intervención familiar, protección de la infancia, diversidad funcional o discapacidad, igualdad y violencia de género.
2. El equipo técnico llevará a cabo las intervenciones psicológicas, sociales, educativas, jurídicas o de mediación necesarias para capacitar a las personas usuarias y beneficiarias para la resolución o el manejo de sus conflictos y para mejorar las relaciones entre ellas, con el objeto de que puedan desarrollar, sin apoyo externo, el régimen de visitas. A estos efectos, el equipo técnico podrá recabar el apoyo y asesoramiento necesarios.
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.