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Orden PCI/131/2019, de 12 de febrero, por la que se crea la Mesa de Contratación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad.

Artículo 26

1. El punto de encuentro familiar contará con un equipo técnico interdisciplinar integrado por personal cualificado, con formación especializada y debidamente acreditada, al menos, en mediación e intervención familiar, protección de la infancia, diversidad funcional o discapacidad, igualdad y violencia de género. 2. El equipo técnico llevará a cabo las intervenciones psicológicas, sociales, educativas, jurídicas o de mediación necesarias para capacitar a las personas usuarias y beneficiarias para la resolución o el manejo de sus conflictos y para mejorar las relaciones entre ellas, con el objeto de que puedan desarrollar, sin apoyo externo, el régimen de visitas. A estos efectos, el equipo técnico podrá recabar el apoyo y asesoramiento necesarios.

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Artículo 26 - MESA-CONTR | ALMA