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Orden PCI/131/2019, de 12 de febrero, por la que se crea la Mesa de Contratación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad.

Artículo 27

1. El servicio prestado en la red de puntos de encuentro familiar se desarrollará en las siguientes modalidades de intervención: a) Visitas en supervisión de entregas y recogidas: visitas que se tengan que desarrollar fuera de las dependencias del punto de encuentro familiar pero sea necesario que la entrega y recogida de la persona menor de edad se realice en el mismo. b) Visitas tuteladas: donde se pondrá a disposición de las personas usuarias los recursos humanos y materiales necesarios que garanticen el correcto funcionamiento de las visitas cuando estas requieran la atención directa o presencia continuada del equipo técnico. c) Visita tutelada externalizada: excepcionalmente, como fase previa a la finalización de la intervención y previa autorización judicial o administrativa, podrán desarrollarse las visitas fuera de las dependencias del punto de encuentro familiar ante la presencia de personal técnico. 2. Las diferentes modalidades de actuación se complementarán con las intervenciones del equipo técnico que se recogen en el apartado 2 del artículo anterior.

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