Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar.
Artículo 82(82)
En la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo este personal pertenecerá a los mismos Cuerpos que quienes presten sus servicios en las restantes Salas del citado alto Tribunal, siendo su régimen, funciones y dependencias los mismos que los de dichas Salas.
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