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Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar.

Artículo 31(31)

La Sala establecida en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial conocerá, además de las cuestiones que se le atribuyen en dicho precepto, del recurso de revisión contra las sentencias de la Sala de lo Militar en las materias recogidas en los apartados 5 y 6 del artículo 23 de esta Ley.

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Artículo 31 - MILITAR, JURISDICCIÓN | ALMA