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Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar.

Artículo 32(32)

Con competencia sobre todo el territorio nacional y sede en Madrid, el Tribunal Militar Central es el órgano judicial militar que conocerá de los procedimientos sometidos a la jurisdicción militar que se le atribuyen en el presente capítulo.

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