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Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

Disposición transitoria cuarta(DT4)

Las modificaciones introducidas en el Título XI de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, entrarán en vigor el día 1 de enero de 2003, sin perjuicio de que las Ligas Profesionales, Federaciones deportivas y demás entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la citada Ley, deban adaptar sus normas estatutarias y reglamentarias, en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha citada.

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Disposición transitoria cuarta - FISCALES 02 | ALMA