Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Disposición transitoria tercera(DT3)
La modificación del artículo 24 de la Ley del Patrimonio del Estado efectuada por el apartado Dos del artículo 74 de esta Ley surtirá efecto respecto de las disposiciones gratuitas de bienes o derechos a favor del Estado que se hubieran perfeccionado antes de su entrada en vigor, siempre que previamente no se hubiera ejercitado la correspondiente acción revocatoria.
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