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Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.

Artículo 13(13)

Con objeto de garantizar la complementariedad y coherencia de las medidas derivadas del Programa de Desarrollo Rural Sostenible, promoviendo estrategias de desarrollo rural por zonas, se elaborará un Plan por zona rural, que deberá ser aprobado por las Comunidades Autónomas, que recoja las actuaciones que las Administraciones competentes en cada caso hayan de llevar a cabo en dicha zona.

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