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Unificación de las oficinas de régimen y tratamiento

2. Distribución de tareas.(2)

Teniendo en cuenta que uno de los objetivos que se pretenden con la creación de esta oficina es conseguir un tratamiento integral de la información que va desde la gestión hasta la organización de la misma, las tareas se distribuirán siguiendo los siguientes criterios: 1. Existirá un único expediente por interno, integrado por el expediente y protocolo penitenciario. 2. Cada funcionario se hará cargo de un número determinado de expedientes, con los que trabajará en su integridad, realizando, en los mismos, todas las anotaciones y tareas que se deriven desde el ingreso del interno en prisión hasta su libertad definitiva y que reflejen la trayectoria procesal, penal, penitenciaria y de tratamiento. Se trataría de que cada profesional tuviera un conocimiento integral y completo de la información del expediente del interno que tramita. 3. El reparto de los expedientes por cada funcionario, se hará de forma equitativa siguiendo un criterio alfabético, de acuerdo al número de funcionarios de la oficina, con independencia de la ubicación del interno en el centro penitenciario o de su situación procesal, penal o penitenciaria. Por tanto, en este reparto, no se hará ningún tipo de distinción por las diferentes situaciones judiciales o penitenciarias de los internos (preventivos, penados, extranjeros, varones, mujeres, FIES, grados de clasificación, permisos u otras.). 4. Para una mejor organización de la oficina, aquéllos centros que lo consideren, podrán formar subgrupos dentro de la misma, integrados por tres o cuatro funcionarios, quienes se organizarán en el reparto de tareas, en los casos de ausencias, vacaciones, permisos, etc. 5. Con el fin de facilitar las tareas administrativas de los expedientes, en el conjunto de los centros, es necesario recordar la importancia de la numeración correlativa, que debe plasmarse en las distintas hojas de vicisitudes, que conforman el expediente. 6. En el caso de la elaboración de las estadísticas, éstas se asignarán al número de funcionarios que se considere conveniente, con el consiguiente descargo de un número de expedientes o bien asignando tareas equivalentes al volumen de trabajo que suponga la elaboración de las mismas. 7. Igual criterio que en el punto anterior, se seguirá para el caso de otras tareas que se vayan añadiendo a esta oficina de gestión, como es el caso de los funcionarios de la Unidad de Evaluación, encargados de la introducción de datos en el SIP, como consecuencia de la aplicación de los criterios de evaluación de actividades.

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