Tratado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en Lisboa el 13 de diciembre de 2007.
Artículo 4(4)
Dinamarca, tras la adopción de una medida en aplicación del título IV de la tercera parte del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, podrá en todo momento notificar al Consejo y a la Comisión su intención de aceptar dicha medida. En tal caso, se aplicará mutatis mutandis el procedimiento previsto en el apartado 1 del artículo 280 F de dicho Tratado.
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.