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Resolución de 4 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, por la que se dictan instrucciones en relación con las nóminas de los funcionarios incluídos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, en los términos de la Disposición Final Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y se actualizan para el año 2010 las cuantías de las retribuciones del personal a que se refieren los correspondientes artículos de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para dicho ejercicio.

INTRODUCCIÓN.(INTRO)

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 mantiene, en los mismos términos y cuantías que en 2008, las retribuciones de los Altos Cargos del Gobierno de la Nación y de sus órganos consultivos, de la Administración General del Estado, del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Cuentas y de determinados miembros de las Carreras Judicial y Fiscal, de las Fuerzas Armadas, y de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado. A su vez, la citada Ley fija las retribuciones de los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en los términos de la disposición final cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y del resto del personal de las Fuerzas Armadas, de los Cuerpos de la Guardia Civil y Nacional de Policía, de las Carreras Judicial y Fiscal y del personal al servicio de la Administración de Justicia. Con la finalidad de facilitar la confección de las nóminas que han de elaborarse para abonar las mencionadas retribuciones, esta Secretaría de Estado considera oportuno dictar las siguientes instrucciones que se limitan a aplicar estrictamente lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 y en las precedentes por lo que respecta a sus normas de vigencia indefinida, así como en las restantes normas reguladoras del régimen retributivo del referido personal del sector público estatal. Por otra parte, teniendo en cuenta las previsiones aplicables del III Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, cuya inscripción en el Registro y publicación se dispuso por la Resolución de 3 de noviembre de 2009 (BOE de 12 de noviembre), también se dictan, como ya se hizo para 2009, instrucciones para facilitar y homogeneizar la confección de nóminas del personal incluido en el citado Convenio.

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INTRODUCCIÓN. - NÓMINAS 10 | ALMA