ALMA

Resolución de 13 de mayo de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.

Artículo 108(108)

Las sanciones que podrán imponerse por la comisión de faltas leves son las siguientes: a) Suspensión de empleo y sueldo de hasta dos días. b) Apercibimiento escrito.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.

Artículo 108 - IV CONVENIO | ALMA