Reglas Penitenciarias Europeas · Recomendación Rec(2006)2-rev, revisión de 1 de julio de 2020
Regla 54.1
El personal seguirá unos procedimientos detallados cuando realice los registros:
a. de los lugares donde los internos viven, trabajan y se reúnen;
b. de los internos;
c. de los visitantes y sus objetos, y
d. de los miembros del personal.
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