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Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores.

Disposición transitoria quinta(DT5)

El plazo de seis meses a que se refiere el artículo 77.3 de esta ley comenzará a computar el 28 de abril de 2015.

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Disposición transitoria quinta - MERCADO VALORES 4/15 | ALMA