Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Disposición adicional novena(DA9)
Las cuantías de las sanciones establecidas en los artículos 83 y 96, podrán ser revisadas y actualizadas periódicamente por el Gobierno mediante real decreto, previo informe de las comunidades autónomas y del Consejo Nacional de la Discapacidad, teniendo en cuenta la variación del Índice de Precios de Consumo.
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