ALMA

Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.

Artículo 1864.(1864)

Pueden darse en prenda todas las cosas muebles que están en el comercio, con tal que sean susceptibles de posesión. En ningún caso podrán ser objeto de prenda los animales de compañía.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.