Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio.
Art. 319.(319)
Interpuesta una demanda, no podrá hacerse la acumulación de interés al capital para exigir mayores réditos.
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.