Real Decreto 851/1992, de 10 de julio, por el que se regulan determinadas pensiones extraordinarias causadas por actos de terrorismo.
Disposición adicional primera(DA1)
La garantía establecida en el párrafo primero del apartado 1 del artículo 3 de este Real Decreto será de aplicación a las pensiones extraordinarias por actos de terrorismo reconocidas y abonadas por cualquier régimen público básico de Seguridad Social, si bien surtirán efectos económicos desde el 1 de enero de 1992, o fecha posterior que en cada caso proceda, según el hecho causante de las mismas.
Las diferencias existentes entre las cuantías que hubieran correspondido y la garantía establecida serán financiadas con cargo a los Presupuestos del Estado.
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.