Real Decreto 769/1987, de 19 de junio, sobre regulación de la Policía Judicial.
Art. 43.(43)
Dichos Centros docentes programarán, asimismo, cursos de actualización y cursos monográficos de Policía Judicial en sus diversas manifestaciones, al objeto de atender a la formación permanente y al perfeccionamiento de los funcionarios que hayan de desempeñar cometidos de policía judicial en las correspondientes Unidades Orgánicas.
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