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Real Decreto 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.

Art. 85.(85)

1. La gestión de los gastos de carácter plurianual se realizará en las siguientes fases: a) Autorización del gasto. b) Disposición o compromiso del gasto. 2. El contenido y definición de ambas fases es el mismo que el de sus correlativas fases de ejecución en el ejercicio corriente y, con carácter general, serán simultáneas a éstas. 3. Las fases de autorización y disposición pueden acumularse en un solo acto administrativo.

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