Real Decreto 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
Art. 105.(105)
En caso de liquidación del presupuesto con un resultado negativo en el cálculo del remanente de Tesorería deberá procederse de acuerdo con lo establecido en el artículo 174, apartados 1, 2 y 3 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre.
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