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Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

Artículo 104(104)

La financiación de este programa exige la suscripción de un acuerdo de cesión de las viviendas por las personas o entidades titulares a las comunidades autónomas o ciudades de Ceuta y Melilla, a las entidades locales o a sus entidades dependientes o vinculadas. Este acuerdo de cesión previamente deberá ser informado favorablemente en el seno de la comisión de seguimiento del convenio que para la ejecución del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 suscribirán el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la comunidad autónoma o ciudad correspondiente.

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Artículo 104 - VIVIENDA JOVEN 2022 | ALMA