ALMA

Real Decreto 1674/1980, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Consejo de Estado.

Artículo 58(58)

Al Secretario General le corresponden las funciones de Secretario del Pleno, de la Comisión Permanente y de la Comisión de Estudios, de jefe directo del personal y del régimen interior de los servicios y dependencias del Consejo, sin perjuicio de la superior autoridad del Presidente y de las atribuciones de la Comisión Permanente, de la Comisión de Estudios y de los Consejeros Presidentes de Sección. Despachará con el Presidente con la periodicidad que este determine y siempre que lo requiera la buena marcha de los asuntos del Consejo.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.