Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.
Artículo 35(35)
Los funcionarios de carrera en servicio activo o situación asimilada que accedan a un nuevo cuerpo por el sistema de promoción interna, tendrán derecho a partir de la toma de posesión al permiso retribuido que establece la disposición adicional quinta del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, o norma que en el futuro pudiere sustituirle para la Administración General del Estado.
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