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Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.

Artículo 22(22)

Una vez terminada la fase de oposición o concurso-oposición, los tribunales elevarán al Ministerio de Justicia la relación de aprobados, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los diarios oficiales de las comunidades autónomas donde se convoquen plazas, siendo de aplicación, en su caso, lo dispuesto en el artículo 16.2 de este reglamento.

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Artículo 22 - FUNCIONARIOS PROMOCIÓN | ALMA