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Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Artículo 92(92)

En los procedimientos restringidos y en los negociados con publicidad las invitaciones a presentar ofertas que el órgano de contratación dirija al o a los seleccionados deberán contener, al menos, los siguientes extremos: 1. La dirección del servicio al que se pueda solicitar información complementaria respecto de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas y documentación complementaria; la fecha límite para efectuar esta petición, y el importe y las modalidades de pago de aquel que deba ser, en su caso, satisfecho para obtener dichos documentos. 2. La fecha límite de recepción de las proposiciones, la dirección a la cual deben ser remitidas y la lengua o lenguas en las que deben ser redactadas. 3. Lugar, día y hora de la apertura de proposiciones. 4. Referencia al anuncio del contrato previamente publicado.

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Artículo 92 - CONTRATOS 2001 | ALMA