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Orden PRE/2740/2007, de 19 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información.

Artículo 7(7)

Corresponde al Subdirector de Certificación: a) Presidir el Consejo de Acreditación y Certificación, conforme a lo establecido en el presente Reglamento. b) Representar al Organismo de Certificación en aquellos foros de índole técnica, de normalización y de divulgación de las actividades del citado organismo, de las normas aplicables y en los de arreglos y acuerdos de reconocimiento mutuo. c) Revisar las políticas, manuales y procedimientos que regulan la actuación del Organismo de Certificación. d) Proponer los presupuestos y planes de formación anuales del Organismo de Certificación.

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