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Orden PRE/2740/2007, de 19 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información.

Artículo 103(103)

El Organismo de Certificación podrá hacer pública la relación de laboratorios en proceso de acreditación, así como la de laboratorios acreditados incluyendo, en esta relación, la información del alcance de cada acreditación.

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