Orden PCI/131/2019, de 12 de febrero, por la que se crea la Mesa de Contratación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad.
Artículo 107
1. Las personas menores de edad que se encuentren bajo la tutela de la Generalitat serán representadas y defendidas en juicio, sin perjuicio de las competencias que le puedan corresponder al ministerio fiscal, por la Abogacía General de la Generalitat.
2. El órgano que ejerza la tutela podrá, no obstante, encomendar dicha representación y defensa en juicio a otras personas que cuenten con la experiencia y la competencia necesaria, cuando el interés de la persona tutelada así lo aconseje.
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