Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos.
Disposición final segunda(DF2)
En lo no regulado por esta ley orgánica en materia de subvenciones, será de aplicación lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los procedimientos sancionadores regulados en esta ley, supletoriamente y en defecto de norma expresa, se regirán por las normas generales de estos procedimientos contenidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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