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Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Artículo 342 bis.(342)

El Magistrado del Tribunal Supremo competente para conocer de la autorización de las actividades del Centro Nacional de Inteligencia que afecten a los derechos fundamentales reconocidos en el artículo 18.2 y 3 de la Constitución se nombrará por un período de cinco años, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, entre Magistrados de dicho Tribunal que cuenten con tres años de servicios en la categoría.

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Artículo 342 bis. - LOPJ | ALMA