Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Artículo 115.(115)
1. La sesión constitutiva del Consejo General del Poder Judicial será presidida por el Vocal de mayor edad, y se celebrará una vez nombrados los veinte Vocales del mismo, que tomarán posesión de su cargo prestando juramento o promesa ante el Rey.
2. El Consejo saliente continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Consejo.
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