Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
Artículo ciento dos
1. El tercer sobre será entregado al funcionario del Servicio de Correos, que se personará en la Mesa Electoral para recogerlo. Al menos un Vocal debe permanecer allí hasta haber realizado la entrega.
2. Al día siguiente de la elección, el Servicio de Correos cursará todos estos sobres a la Junta Electoral que haya de realizar el escrutinio.
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