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Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar.

Artículo 34.(34)

En las poblaciones que sean sede de más de un Juzgado Togado Militar del mismo ámbito territorial, el de mayor empleo o antigüedad en el mismo ejercerá las funciones de Decano.

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Artículo 34. - MILITAR, PROCESAL | ALMA