Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar.
Artículo 253.(253)
Contra las resoluciones dictadas por los Jueces y Tribunales Militares durante la tramitación del sumario podrán interponerse, por razón de su forma o contenido, en los casos que disponga esta Ley, los recursos de apelación, queja y súplica.
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