ALMA

Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar.

Artículo 113.(113)

Las citaciones, notificaciones, emplazamientos o requerimientos a militares en servicio activo para comparecer ante el Tribunal o Juzgado de la jurisdicción ordinaria, se harán al interesado por conducto del Jefe de la Unidad del que dependan. Si razones de urgencia u otras así lo aconsejan, tales comunicaciones se harán directamente al interesado, poniéndolo en conocimiento del Jefe de su Unidad.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.

Artículo 113. - MILITAR, PROCESAL | ALMA