Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas.
Artículo diecinueve.
Son órganos del Tribunal de Cuentas:
a) El Presidente.
b) El Pleno.
c) La Comisión de Gobierno.
d) La Sección de Fiscalización.
e) La Sección de Enjuiciamiento.
f) Los Consejeros de Cuentas.
g) La Fiscalía.
h) La Secretaría General.
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