Ley 9/1987, de 12 de junio, de Organos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Artículo 4.(4)
Los órganos específicos de representación de los funcionarios públicos son los Delegados de Personal y las Juntas de Personal.
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