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Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

Artículo 2(2)

1. Son fundaciones las organizaciones constituidas sin fin de lucro que, por voluntad de sus creadores, tienen afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general. 2. Las fundaciones se rigen por la voluntad del fundador, por sus Estatutos y, en todo caso, por la Ley.

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Artículo 2 - FUNDACIONES 2002 | ALMA