Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario.
Artículo 76(76)
1. Constituye el hecho imponible de la tasa por expedición de la licencia de empresa ferroviaria, su otorgamiento, modificación o renovación.
2. Será sujeto pasivo de la tasa la empresa ferroviaria a cuyo favor se otorgue.
3. La tasa tendrá tres modalidades:
a) Por otorgamiento.
b) Por modificación de licencia.
c) Por renovación de licencia
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.