Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.
Disposición transitoria tercera.(DT3)
1. Los Presidentes de las actuales Salas de lo Contencioso-Administrativo de las Audiencias Territoriales a los que no correspondiere la Presidencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior Justicia presidirán, en su caso, las Secciones que pudieran constituirse y mantendrán los derechos económicos correspondientes a un Presidente de Sala, mientras no obtuviesen otro destino.
2. Los Presidentes de las Salas de lo Civil de las Audiencias Territoriales presidirán, en su caso, las Secciones que pudieran constituirse y mantendrán los derechos económicos correspondientes a un Presidente de Sala, mientras no obtuviesen otro destino.
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