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Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Disposición adicional tercera(DA3)

Se prorroga, hasta el 31 de diciembre de 1993, la autorización concedida al Gobierno por la disposición adicional novena de la Ley 29/1991, de 16 de diciembre, de adecuación de determinados conceptos impositivos a las Directivas y Reglamentos de las Comunidades Europeas, para elaborar y aprobar un nuevo Texto refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, con inclusión en el mismo de la totalidad de las disposiciones legales vigentes que se refieren al impuesto, haciéndola extensiva a la regularización, aclaración y armonización de su contenido.

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Disposición adicional tercera - IVA 1992 | ALMA