Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Artículo 168(168)
El plazo para el ejercicio de la acción de impugnación será de diez días hábiles, contados a partir de aquél en que sea recibida la notificación de la resolución denegatoria expresa o transcurra un mes desde la presentación de los estatutos sin que hubieren notificado a los promotores defectos a subsanar.
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