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Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Artículo 131(131)

En estos procesos podrán comparecer como parte, cuando tengan interés legítimo, los sindicatos, el empresario y los componentes de candidaturas no presentadas por sindicatos.

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Artículo 131 - JURISDICCIÓN SOCIAL 2011 | ALMA