Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales.
Disposición final segunda(DFsegunda)
1. Se elimina la letra d) del apartado 3 del artículo 3 de la Ley 1/2007, de 21 de marzo, de declaración del Parque Nacional de Monfragüe.
2. Se añade un nuevo apartado 8 al artículo 3 de la Ley 1/2007, de 21 de marzo, con la siguiente redacción:
«La Administración gestora del parque podrá organizar actividades de navegación en el interior de las aguas del mismo con la finalidad de difundir los valores naturales del parque nacional, en número y forma que resulte plenamente compatible con estos valores.»
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.