Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
Disposición adicional septuagésima octava(DA70)
Uno. La «Reconstrucción de la Piscina Histórica cubierta de saltos del Club Natació Barcelona» tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Dos. La duración del programa de apoyo a este evento abarcará desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
Tres. La certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos del programa se efectuará de conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
Cuatro. Las actuaciones a realizar serán las que aseguren el pleno funcionamiento de la Piscina cubierta de Saltos del Club Natació Barcelona (CNB). El desarrollo y concreción en planes y programas de actividades específicas se realizará por el órgano competente en conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
Cinco. Los beneficios fiscales de este programa serán los máximos establecidos en el artículo 27.3 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
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