Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
Artículo 34(34)
1. La sociedad gestora emitirá y reembolsará las participaciones en el fondo de acuerdo con las condiciones establecidas en su reglamento de gestión.
2. La sociedad gestora podrá gestionar por cuenta del emisor la suscripción y reembolso de participaciones en FCR, así como por cuenta ajena su transmisión, pudiendo, en este último caso, percibir por ello una comisión acordada con el partícipe vendedor. En todo caso, se realizará de acuerdo a lo establecido en el reglamento de cada fondo.
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