Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.
Artículo 36(36)
1. Se cede a la Comunidad Autónoma el 58 por ciento del rendimiento del Impuesto sobre la Cerveza producido en su territorio.
2. Se considerará producido en el territorio de una Comunidad Autónoma el rendimiento cedido del Impuesto sobre la Cerveza que corresponda al consumo en el territorio de dicha Comunidad Autónoma, según el índice de consumo territorial certificado por el Instituto Nacional de Estadística y elaborado a efectos de la asignación del Impuesto sobre la Cerveza por Comunidades Autónomas.
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.